Volver a Título III. Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición

Capítulo I. Disposiciones generales

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RD1720 – Artículo 23. Carácter personalísimo

1. Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición son personalísimos y serán ejercidos por el afectado. 2. Tales derechos se ejercitarán: a) Por el afectado, acreditando su identidad, del modo previsto en el artículo siguiente. b) Cuando el afectado se encuentre en situación de incapacidad o minoría de edad que le imposibilite el ejercicio …

RD1720 – Artículo 24. Condiciones generales para el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición

1. Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición son derechos independientes, de tal forma que no puede entenderse que el ejercicio de ninguno de ellos sea requisito previo para el ejercicio de otro. 2. Deberá concederse al interesado un medio sencillo y gratuito para el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y …

RD1720 – Artículo 25. Procedimiento

1. Salvo en el supuesto referido en el párrafo 4 del artículo anterior, el ejercicio de los derechos deberá llevarse a cabo mediante comunicación dirigida al responsable del fichero, que contendrá: a) Nombre y apellidos del interesado; fotocopia de su documento nacional de identidad, o de su pasaporte u otro documento válido que lo identifique y, …

RD1720 – Artículo 26. Ejercicio de los derechos ante un encargado del tratamiento

Cuando los afectados ejercitasen sus derechos ante un encargado del tratamiento y solicitasen el ejercicio de su derecho ante el mismo, el encargado deberá dar traslado de la solicitud al responsable, a fin de que por el mismo se resuelva, a menos que en la relación existente con el responsable del tratamiento se prevea precisamente …